Dentro del presente año se abrirá próximamente la convocatoria de subvenciones para la rehabilitación de viviendas dentro del Plan de Vivienda 2018-2021.
Con fecha 10 de junio de 2019 ya se han publicado las bases reguladoras. A continuación se publicará la convocatoria. Para informaros a vosotros y contestar a los vecinos leed las características que se indican a continuación. Las nuevas bases incorporan elementos importantes y diferenciales respecto al plan anterior que enunciamos con brevedad: siempre para obras terminadas con posterioridad a 1 de enero de 2018.
Tipo de actuaciones subvencionables que se dividen en:
- Obras o trabajos de mantenimiento e intervención incluso en el interior de las viviendas, instalaciones fijas, equipamiento propio y elementos comunes para adecuarlo a la normativa vigente.
- Fomento de la eficiencia energética.
- Fomento de conservación, mejora de la seguridad de utilización y accesibilidad.
Mínimo de inversión
a. En unifamiliar superior a 800€ por vivienda en accesiblidad y 3.000€ en restode actuaciones
b. En colectiva mayor de 800€ en accesibilidad y 6.000€ en resto de actuaciones
Cuantía de las ayudas:
- Mantenimiento y conservación e interior
a. 40% de la intervención con un máximo de 12.000 € por vivienda
b. Si existen locales, se añade 120€/m2
c. Para unidades de convivencia con ingresos menores a 3 veces IPREM, 75% de la inversión.
d. Para mayores de 65 años o con discapacidad, 75% de la inversión en accesibilidad para esa vivienda. - Fomento de la eficiencia energética
a. 40% de la intervención con un máximo de 12.000€/vivienda en unifamiliar y 8.000€/vivienda en colectiva. Para locales comerciales 80€/m2 local.
b. Para unidades de convivencia con ingreso menores a 3 veces IPREM, 75% de la inversión.
c. Para viviendas con residente discapacitado el límite pasa a 18.000€/vivienda en unifamiliar y 12.000€ en colectivo. Si hay discapacidad máxima los límites son de 24.000€ y 16.000€ respectivamente. - Fomento de conservación, mejora de la seguridad de utilización y accesibilidad
a. Para cimentación, estructuras, cubiertas, etc. 40% de la intervención con un máximo de 3.000€/vivienda y 30€ para locales.
b. Para conservación y accesibilidad 40% de la intervención con un máximo 8.000€/vivienda.
c. Si hay discapacidad 1c el límite pasa a 14.000€/vivienda y discapacidad máxima 17.000€/vivienda.
d. En ingresos menores a 3 veces IPREM el 75%
e. En accesibilidad, para mayores de 65 años o discapacidad el 75% - Para menores de 35 años se aumenta el 25% la subvención.
Documentación a presentar:
La documentación a presentar es la habitual pero presenta varias novedades:
- Es obligatorio junto a la memoria o proyecto realizar por técnico competente el Informe de Evaluación de Edificios tanto para unifamiliar como colectiva.
- Certificado discapacidad, en su caso.
- En su caso, Copia declaración de Hacienda de cada miembro de la unidad de convivencia, último periodo. Si no declaran, certificado de imputación de rentas.
- Si el presupuesto es mayor de 40.000€, tres ofertas de contratistas o justificación de no existencia de alternativas.
Además, dentro de lo habitual,
- Solicitud a descargar una vez haya convocatoria y completa. Envío por ORVE desde el Ayuntamiento.
- Copia del NIF del solicitante o representante de la Comunidad de Propietarios.
- Si es arrendatario, autorización del propietario.
- Datos del edificio a rehabilitar. Certificados de empadronamiento y Notas simples. Si las viviendas están vacías, compromiso de arrendamiento.
- En caso de Comunidad de Propietarios, Acta de la Junta con la aprobación de las obras y nombramiento del Representante.
- Solicitud de licencia.
- Memoria o proyecto, en su caso firmado por técnico competente.
- Presupuesto de contratista desglosado por partidas y NIF de la empresa.
- Reportaje fotográfico del estado actual.
Para consultas podéis utilizar el correo electrónico:Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. indicando en ASUNTO: PLAN 18-21 y referencia solicitante y municipio, en su caso.